|
TRAMITE DE SOLICITUD DE CARTA
DE NO OBJECION
La carta de "No Objeción para
acogerse a una excepción del Articulo 212, Sección e, inciso iii, de la Ley de
Inmigración y Nacionalidad de los Estados Unidos de América"
del Estado peruano la solicitan las personas que han ingresado a los EEUU con
la visa J1, que les sea aplicable la restricción de dos años de regresar al
Peru.
Para obtener una carta de "No
Objeción" del Estado peruano, el interesado deberá tramitar la
solicitud en el Consulado del Perú de su jurisdicción (el Consulado en
Miami esta cubriendo los Estados de Florida, Georgia, Carolina del Sur, Alabama
y Missisippi)
cumpliendo los siguiente requisitos:
1) Carta dirigida al señor Ministro
de Relaciones Exteriores, solicitando una Carta de
No Objeción para acogerse a una
excepción del Articulo 212, Sección e, inciso iii, de la Ley de Inmigración y
Nacionalidad de los Estados Unidos de América,
exponiendo su caso.
Su solicitud deberá contener
adicionalmente la siguiente información:
·
Apellido paterno
·
Apellido materno
·
Nombres
·
Lugar de nacimiento
·
Fecha de nacimiento
·
Nº de pasaporte
·
Fecha de ingreso a los EE.UU. de
América
·
Tipo de Visa con que ingresó a los
EE.UU. de América
·
Tipo de Visa a la que aspira
·
Número de caso
(Case File otorgado por el Departamento de
Estado de los Estados Unidos )
(https://j1visawaiverrecommendation.state.gov/)
·
Domicilio en los EE.UU. de América
·
Teléfono en los EE.UU. de América
·
E-mail
·
Nombre y dirección del auspiciador (sponsor)
de su Visa J-1
·
Centro de estudios o de trabajo
·
Motivos por los cuales solicita la
Carta de No Objeción
2) A dicha solicitud, el interesado
deberá adjuntar los siguientes documentos:
·
Copia del Waiver Review File
otorgado por el Departamento de Estado de los
Estados Unidos, que
mencione su nombre y numero de caso
·
Constancia del INABEC, en la que
mencione que no ha recibido ningún tipo de beca por parte del Gobierno peruano
·
Constancia de estar inscrito en el
Registro de Nacionales de la Oficina Consular del Perú de su jurisdicción
(trámite personal ante el Consulado)
·
Copia del pasaporte (pagina de datos,
visa y fecha de entrada)
·
Copia de la forma IAP-66
·
Copia de la forma I-94
·
Documento donde conste que el
auspiciador de su visa J1 no tiene objeción al cambio de
visa
·
Declaración jurada legalizada en
el Consulado de no haber recibido ayuda financiera de alguna institución
del estado peruano (trámite personal ante el Consulado)
En caso de haber sido becado por
alguna institución
del Estado peruano deberá adjuntar una constancia del Instituto Nacional de
Becas y Crédito Educativo (INABEC) indicando que no tiene compromiso de retorno
al termino de sus estudios.
Las personas que se encuentran en los
Estados Unidos de América bajo una beca del programa Fullbright,
deben obtener previamente una Constancia autoritativa de dicha entidad
Los pagos que se deberá realizar en
el Consulado para solicitar la carta de No Objeción son los siguientes:
-
Por derecho de legalización de la
firma de la declaración jurada de no haber recibido ayuda del gobierno peruano:
US$ 25.00 Tarifa N° 27
-
Por Constancia de estar inscrito en
el Registro de Nacionales de la Oficina Consular: US$ 02.00 Tarifa N° 58B
-
Por derecho de tramite de la Carta de
No Objeción: US$ 25.00 Tarifa N° 20B
Para evitar demoras
innecesarias, es muy importante que el interesado no solo remita toda la
información que se solicita, sino también toda la documentación anexa que se
requiere para constituir el expediente.
El Consulado receptor del expediente,
lo enviará al Ministerio de Relaciones Exteriores en Lima, para su revisión y
calificación. Una vez verificada la información, coordinando para ello con otras
entidades del sector público nacional o instituciones domiciliadas en el país,
comunica al Consulado correspondiente la decisión adoptada para que se informe
del resultado al recurrente.
Resuelto el expediente, el Ministerio
de Relaciones Exteriores, autoriza al Consulado General del Perú en Washington
D.C., para que emita la carta de No Objeción.
El Consulado General del Perú en
Washington D.C., preparará la carta de No Objeción en cinco ejemplares, de
acuerdo a la siguiente distribución:
·
El primer ejemplar para el
Departamento de Estado
·
El segundo ejemplar para el
interesado
·
El tercer ejemplar para la oficina
consular donde se inicio el tramite
·
El cuarto ejemplar para el expediente
en el Ministerio de Relaciones Exteriores
·
El quinto ejemplar para el archivo
del Consulado General del Perú en Washington DC.
En el caso
que el expediente no fuera aprobado por el Ministerio de Relaciones
Exteriores, el recurrente puede solicitar su reconsideración adjuntado nuevos
elementos de juicio y sin que ello genere un pago adicional por derechos
consulares.
|