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LEGALIZACION DE FIRMAS 

LEGALIZACION DE FIRMA DE CIUDADANOS PERUANOS

La firma de un ciudadano peruano puede legalizarse firmando personalmente ante el Cónsul, o por correo, legalizando previamente su firma ante un notario y luego por la Corte de La Florida o Georgia. Su costo es de $25.00 dólares (efectivo o Money Order a la orden del Consulado General del Perú) por cada firma que legalice.

En caso que el trámite se realice por correo, se debe adjuntar un sobre pre-pagado con el nombre y dirección del solicitante para la remisión del o de los documentos, acompañando fotocopia de su  DNI. 

 

LEGALIZACION DE FIRMA DE CIUDADANOS EXTRANJEROS 

La firma de un ciudadano extranjero tiene el mismo procedimiento anterior, siendo su costo de $30.00 dólares (efectivo o money order a la orden del Consulado General del Perú ).

 

LEGALIZACION DE DOCUMENTOS CON FIRMA DE AUTORIDADES DEL GOBIERNO DE LOS EEUU

El trámite puede hacerse en forma personal o por correo.

Si es personal, el trámite se realiza el mismo día y la tarifa consular es de treinta dólares (US$30.-)

Si es por correo, debe enviarse el documento con firma legalizada por notario y por el Departamento de Estado de la Florida, en Tallahasse o en la Oficina del Dade County, adjuntando un sobre pre-pagado con el nombre y dirección del solicitante, para la remisión de los documentos. Conjuntamente con un Money Order por US$30. a la orden del Consulado General del Perú

La firma de autoridades del estado de la Florida, Georgia, Mississipi y Carolina del Sur, cuyas firmas se encuentren registradas en este Consulado General, se legalizan el mismo día de su presentación y su costo es de $30.00 dólares.

 

 

 


LEGALIZACION DE TITULOS Y DE CERTIFICADOS DE ESTUDIO

El título o certificado debe estar firmado y sellado por el Principal, Registrar o autoridad que corresponda  a la institución, y se debe leer claramente el nombre de la persona que lo firma (stamp o hand printed).

 (Pasaporte, DNI, Libreta Militar o Partida de Nacimiento) para comprobar la nacionalidad peruana del  titular de los documentos a legalizar.

Pagar la suma de $1.00 dólare por cada título o certificado que se legalice  

Puede hacerse por correo, remitiendo un Money Order a nombre del Consulado General del Perú, copia del documento que pruebe la nacionalidad peruana, y un sobre pre-pagado con el nombre y dirección del solicitante, para remitirle los documentos.

 

 


 

LEGALIZACION DE DOCUMENTOS DE EMPRESAS O PERSONAS JURIDICAS

Para el caso de documentos de empresas o personas jurídicas, se requiere lo mismo que para legalización de documentos con firma de autoridades del gobierno de los Estados Unidos de América pero la tarifa consular es US$80.00 dólares, por cada documento a legalizarse.(efectivo o Money Order a la orden del Consulado General del Perú ).

 

 



AUTORIZACION DE VIAJE DE MENOR

Llenar en el Consulado el Formulario adecuado (Un padre, ambos padres, padre extranjero). Unicamente se puede identificar con su DNI vigente. Si el Padre es extranjero se identifica con su pasaporte. 

El costo es de 20.oo US$

 El formulario Legalizado por el Consulado lo envía el interesado al Perú, y antes de ser presentado en el aeropuerto debe ser legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru (Jr. Ucayali 311-esq con Jr. Lampa centro de Lima).

Recuerde que Migraciones del Perú le da una validez de 30 días únicamente  a dichas autorizaciones desde la fecha de su emisión.

Formulario Autorización de Viaje de Menor. Un solo Padre (click)
Formulario Autorización de Viaje de Menor.  Ambos Padres (click)

 

 


 

CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA

Este trámite es personal. Llenar el formulario correspondiente (Supervivencia),

Se requiere la presentación de su DNI original

El costo es de US$1.oo en efectivo

Excepcionalmente puede gestionarse el Certificado de Supervivencia POR CORREO debiendo el interesado llenar el formulario de Supervivencia,  firmarlo ante un notario local y enviarlo a este Consulado junto con la copia de su DNI y un Money Order por US$1.00 dólares, a la orden del Consulado General del Perú, adjuntando un sobre prepagado para ser devuelto. 

Formulario Supervivencia (click aqui)

 



 

FACTURAS COMERCIALES Y LISTAS DE PRECIOS

Puede tramitarse personalmente o por correo enviando un sobre pre-pagado, con el nombre y dirección del solicitante.

En ambos casos, el documento debe estar previamente legalizado por una Cámara de Comercio de Miami.

 Se deberá cancelar la suma de US$80.00 dólares en efectivo, si el trámite es personal.

Si éste se tramita por correo, se deberá remitir un Money Order a nombre del Consulado General del Perú.

En ambos casos, el costo es por cada firma que se legaliza.  

 

 

 


DOCUMENTOS DE EMBARQUE, CERTIFICADOS DE LIBRE VENTA, Y TODO DOCUMENTO DE GESTION DE EMPRESAS

Puede tramitarse personalmente o por correo enviando un sobre pre-pagado, con el nombre y dirección del solicitante.

 En ambos casos, es necesario que los documentos hayan sido legalizados previamente por un notario y por un Clerk de la Corte del área de la Florida.

 Se deberá cancelar la suma de US$80.00 dólares en efectivo, si el trámite es personal.

Si éste se tramita por correo, se deberá remitir un Money Order por US$80.oo a nombre del Consulado General del Perú.

En ambos casos, el costo es por cada firma que se legaliza.  

 

 

 


TRANSPORTE DE CADAVERES O CENIZAS 

Para los casos de defunciones (transporte de cadáver o cenizas al Perú) los documentos que deben ser legalizados en el Consulado son:

 

 CADAVER

La partida de defunción americana. (American Death Certificate).

El certificado de embalsamamiento emitido por la casa funeraria, (Embalming Certificate) el cual es previamente legalizado por un notario (notary) y éste por el departamento de estado (Department of State of Florida). Si el notario pertenece a la casa funeraria, se puede evitar el departamento de estado mandándo el notario, en papel mebretado de la casa funeraria, una carta dirigida al Consulado registrando su firma. (acknowlege of signature).

Certificado no contagioso (que el cadáver no presenta emfermedades contagiosas), (Non-contagious Certificate) legalizado igual que el certificado de embalzamamiento. 

Adicionalmente, la parte interesada puede necesitar para presentar en el Perú la autorización de salida de las autoridades americanas, y la guía aérea.

 

 CENIZAS

La partida de defunción americana. (American Death Certificate).

En caso que se trate de cremación (Cremating Certificate), se legaliza el certificado de cremación, con el mismo procedimiento que el certificado de embalsamiento.

El Certificado no contagioso es opcional. 

 

 INSCRIPCION DE DEFUNCION

La inscripción de la defunción se puede realizar en el Consulado por un declarante, (presentando documento que acredite la nacionalidad peruana del fallecido) o en su defecto, directamente en el Perú con una copia de la partida de defunción Americana legalizada en el Consulado.

Si la realiza en el Consulado la primera copia es grátis, y cualquier copia adicional cuesta US $6.00.

 

 

 

 


 

PODER NOTARIAL FUERA DE REGISTRO

Para realizar cobros por medio de apoderado, de remuneraciones, pensiones, FONAHPU y otros beneficios, incluyendo reintegros y devengados.

Si el trámite es personal, presentar su DNI original.

Estos poderes tienen un costo de $10.00 y tiene una vigencia de un año.

 

Para realizar gestiones administrativas, reclamaciones, devolución de documentos de carácter personal, títulos profesionales u otros similares.

Si el trámite es personal, presentar su DNI original.

Estos poderes tienen un costo de $25.00 y tiene una vigencia de un año.

 

Excepcionalmente puede gestionarse por correo debiendo solicitarse al Consulado el envío de un formulario respectivo que debe devolverse absuelto con su firma legalizada por un notario del lugar de su residencia, y luego por el Departamento de Estado de la Florida (en Tallahassee por correo) conforme al procedimiento que dicha oficina establece (http://notaries.dos.state.fl.us/notproc7.html) y luego con este Consulado . En este caso el costo es de US$30.oo en un Money Order a la orden del Consulado General del Perú, pues se legaliza a la autoridad de la Florida. También debe enviar copia de su DNI y un sobre pre-pagado para devolverlo por correo.

 

 

 

 


PODER ELEVADO A ESCRITURA PUBLICA

Para ser inscritos en los Registros Públicos del Perú. 
Existe el Poder Especial, que sólo puede ser utilizado para aquello que se especifica en el documento o el Poder Amplio o General, sin reserva ni limitación alguna, en el que el apoderado puede intervenir en toda clase de actos o contratos relacionados con los bienes del otorgante, recibir y retirar sumas de dinero, firmar recibos, otorgar cancelaciones, pagar, endosar cheques, retirar depósitos, enajenar, hipotecar, arrendar, intervenir ante autoridades políticas y municipales, etc. 
Se otorga a una o más personas para realizar actividades de mayor envergadura y valor que el Poder fuera de Registro y será inscrito en los Registros Públicos de acuerdo a Ley. 

Requisitos:

El trámite es estrictamente personal, en el Consulado.

Ser mayor de edad. Si es menor de edad, mujer casada o persona representada por otra, deberá presentar documentos legales que lo capaciten a otorgar el poder.

Presentar DNI original vigente.y una fotocopia del mismo.

Presentar la minuta o modelo del poder impreso y ademas deberá adjuntarlo en archivo digital, formato word (puede ser la recomendada por su abogado o Notario en el Peru)

Llenar la Solicitud de Escritura Publica del Consulado.

El día que complete su expediente para la elaboracion de la Escritura Publica le sera otorgada una posterior cita para la firma y entrega de acuerdo a la agenda.

El pago se realiza el dia que recoge su Escritura Publica.

 


 

PODER EFECTUADO EN EL EXTRANJERO

Este poder (Especial o General) normalmente lo expiden personas que viven alejadas de la sede de la Oficina Consular y no pueden apersonarse a extender una Escritura Pública. Se realiza ante un Notario y luego legaliza el documento ante el Clerk de la Corte del lugar de su residencia o ante la oficina del Departamento de Estado de su estado que legaliza a los notarios. El Consulado legaliza la firma del Clerk

 

Se realiza el mismo día.

El costo es de US$60.00 dólares. 

Queda a responsabilidad del interesado su elevación a Escritura Pública e inscripción en los registros públicos del Perú.

 

 


   

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