DIRECCION GENERAL DE MIGRACIONES DEL PERU (DIGEMIN)
DIRECCION DE INMIGRACION
Es el Organo
Ejecutivo de la DIGEMIN encargado de autorizar el otorgamiento de Visas
ordinarias, conceder, registrar y controlar la permanencia y/o Residencia de los
extranjeros en el país y de la Inscripción de estos en el registro Central de
Extranjería.
330-4111 Central
330-4114 Central
330-4020 Central
330-4074 Central
431-4602 Central

REQUISITOS
GENERALES PARA VISAS
-
Formulario
F-07 gratuito. (
http://www.digemin.gob.pe/informa/formularios/f-007.doc
)
-
Recibo de
pago por derecho de trámite. S/. 24.00. (aprox. 7
US$)
-
Copia simple
del pasaporte del beneficiario.
-
En los casos
en los que existan convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el
Perú con otros Estados u organismos internacionales. El pago de tasas, de
derechos de trámites u otras facilidades se sujetarán a lo dispuesto en los
mismos.
VISA DE RENTISTA
Además de los
consignados en los requisitos generales presentarán:
·
Constancia o certificado que acredite que el extranjero residirá en el Perú
usufructuando pensión de su gobierno o seguro social o renta de fuente nacional
o extranjera.
·
Si el certificado es expedido en el extranjero deberá ser legalizado por el
consulado peruano y luego visado por el
Ministerio
del Relaciones Exteriores del Peru. (Jr. Ucayali 317 esquina con Jr
Lampa, Lima)